Curso de Información Nutricional y
Rotulado de Alimentos

NORMATIVA ARGENTINA Y MERCOSUR

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Presentación

Nombre o “Denominación de venta”

La denominación de venta de un alimento es el nombre específico, y no genérico, que indica la verdadera naturaleza y las características del alimento.

Debe cumplir con la normativa vigente. Es fijada de acuerdo con el Código Alimentario Argentino o el Reglamento Técnico MERCOSUR en el que se indiquen los patrones de identidad y calidad inherentes al producto.

El nombre o “Denominación de venta” nos dice que alimento está contenido en el envase.

Debe figurar en la cara principal del rótulo y presentarse en colores que contrasten con el fondo del envase y que aseguren una correcta visibilidad.

Si bien en algunos casos es muy simple saber el tipo de alimento que está en el envase, en otros tendremos que leer la denominación de venta. ¿Cómo podemos diferenciar una “Lecha entera” de una “Leche descremada”? Leyendo el rótulo.

La denominación de venta puede ir acompañada de la marca del producto pero no debe confundirse con ella.

También se pueden agregar palabras o frases aclaratorias para evitar errores por parte del consumidor. Estas frases pueden hacer referencia a la forma de presentación, tipo de cobertura o tipo de tratamiento a que ha sido sometido el alimento.

Ejemplos de estas frases aclaratorias pueden ser “Pan de molde en rodajas finas.

En la publicidad que se realice por cualquier medio deberá respetarse la definición, composición y denominación del producto establecidas por el Código Alimentario Argentino. (Art 221 del CAA)