Curso de Información Nutricional y
Rotulado de Alimentos

NORMATIVA ARGENTINA Y MERCOSUR

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Presentación

Leyendas obligatorias


Rotulado de miel

La miel podrá rotularse como Miel o Miel de Abeja.

Además, podrá mencionarse la denominación subsidiaria que corresponda según su origen (de flores o de mielada) o según su obtención (centrifugada, prensada) (Artículo 783 del CAA).

En el caso de Miel para uso industrial deberá consignarse esta característica formando una sola frase, con caracteres de igual tamaño, realce y visibilidad

En todos los casos deberá consignarse en el rotulado el año de cosecha (art 783) y la leyenda: "condiciones de conservación: mantener en lugar fresco" (RESOLUCIÓN GMC Nº 015/94)

Miel: a los bebés no.

¿Consumís miel habitualmente? Prestá atención a las etiquetas. Podrás leer una frase que dice “No suministrar a niños menores de 1 año”.

¿Cómo puede ser que la miel, siendo un producto reconocido como sano y natural no pueda ser suministrado a los bebés?

La miel puede contener esporas de Clostridium botulinim, causante de una enfermedad llamada botulismo. Afecta a los bebés debido a que sus intestinos no son lo suficientemente maduros. En los adultos y niños mayores al año de edad, el consumo de miel no implica riesgo alguno. Lo más importante es saber prevenirlo. Enterate cómo hacerlo en esta nota.





No tomes de la lata…

La superficie de las latas de bebida pueden juntar suciedad y contaminarse durante el transporte y el almacenamiento. Por eso es recomendable no tomar directamente de la lata.

La legislación (Artículo 235 tris del CAA) establece que en el rótulo de todas las bebidas enlatadas deberá consignarse claramente la leyenda: NO CONSUMIR DIRECTAMENTE DEL ENVASE. Tenelo presente la próxima vez que compres una latita…


Con moderación

En los rótulos de los envases primarios de las bebidas alcohólicas se debe incluir la leyenda BEBER CON MODERACION. PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS.

Esta exigencia respode a la Ley Nacional 24.788 de Lucha contra el alcoholismo.


Para no atorarse

Cuando los productos alimenticios contengan elementos cuya ingesta implique un riesgo o cuando deban ser descascarados antes de consumirse deberá consignarse de manera visible y en lugar destacado, las siguientes leyendas según corresponda:


El caso del Colesterol en los Alimentos vegetales

Los vegetales no tienen colesterol. Pero algunas marcas habían comenzado a destacar este hecho en sus rótulos. Esto hacia que parecieran mejores que las de la competencia, cuando no era cierto.

Representaba una publicidad engañosa y una competencia desleal. Por ello se dispuso que "En los rótulos de los productos que contienen exclusivamente ingredientes de origen vegetal se permite la inclusión de la leyenda: "ESTE PRODUCTO, AL IGUAL QUE TODOS LOS DE ORIGEN VEGETAL, NO CONTIENE COLESTEROL".

Artículo 235 bis1 del CAA

Alto contenido de nitratos

En el rótulo de los alimentos envasados que contengan vegetales y cuyo contenido de nitratos sea mayor a 200 mg/kg de producto tal como se ofrece al consumidor (previo a su preparación), deberá consignarse con caracteres de buen realce y visibilidad la siguiente leyenda:

"Este producto no es apropiado para niños menores de 1 año por su contenido de nitratos”.

Esta leyenda deberá incluirse en un lugar destacado de la cara principal

La exigencia también aplica en el caso de los jugos vegetales cuando el contenido de nitratos sea mayor que 40 mg/litro


¿Qué es la fenilalanina?

Si consumís algunas bebidas sin alcohol dietéticas o “juguitos en polvo” tal vez habrás leído una leyenda que dice “Fenilcetonúricos: contiene fenilalanina”

Veamos de que se trata…

El aspartamo es un edulcorante no nutritivo. Es decir que brinda sabor dulce a los alimentos pero no aporta nutrientes ni calorías.

El aspartamo está compuesto por dos aminoácidos: el ácido aspártico y la fenilalanina.

Existe una enfermedad hereditaria por la cual el cuerpo no metaboliza adecuadamente la fenilalanina. Se conoce como fenilcetonuria.

Quienes padecen esta enfermedad deben mantener una dieta estricta con cantidades limitadas de fenilalanina. Por eso, cuando está presente, es necesario que se destaque en los rótulos de los alimentos.


Artículo 235 bis2 del CAA

Una buena alimentación es saludable, pero los alimentos no son remedios

En los rótulos o publicidades (radiales, televisivos, orales o escritos) queda prohibido efectuar indicaciones que se refieran a propiedades medicinales o terapéuticas.

Tampoco se puede aconsejar su consumo por razones de estímulo, bienestar o salud.

Artículo 235 del CAA

Otras Leyendas obligatorias

El Código Alimentario Argentino establece otras leyendas obligatorias para ciertos alimentos. Tal es el caso de productos que contienen Olestra, Polidextrosa, cafeina y taurina, entre otros. Estos casos se desarrollan en el Módulo de Alimentos Dietéticos